SENTENCIA CONSTITUCIONAL 95/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 95/2003

Fecha: 22-Sep-2003

a)

a)    Como interesado, se constituyó en oficinas de Derechos Reales de La Paz, dependiente del Poder Judicial, para obtener certificados e informes, donde se le obligó a cancelar una tasa para tal efecto, por timbres judiciales y reposición de formularios. Además, en dicho Distrito se han gravado con tasas los servicios de la Corte Superior de Distrito, pues existen aranceles de valores judiciales, de Derechos Reales, multas procesales, multas ante el Tribunal Constitucional, todo ello de acuerdo a la Resolución Senatorial 059/01-02 de 24 de enero de 2002;