SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2004- R
Fecha: 14-Ene-2004
II.3
II.3 Por la denuncia y declaraciones presentadas ante el Fiscal de Materia Wáldo López Paiva, se acusó que el 1 de septiembre de 2003, varias personas, luego de participar en un Cabildo en la comunidad de Marquirivi, tercera sección de Achocalla, respecto a límites y presuntos malos manejos en la municipalidad, en forma violenta ingresaron al edificio del Gobierno Municipal de Achocalla, alegando que constituirían un piquete de huelga de hambre, empero cuando se encontraban dentro de dichas instalaciones, procedieron a desalojar a todos los funcionarios, incluidos el alcalde a quienes antes de retirarlos del lugar, les registraron sus pertenencias, agredieron e insultaron, para quedarse en posesión del mismo, haciendo un piquete de huelga de hambre hasta el 6 del mismo mes y año. Debido a éstos hechos, todos los funcionario municipales están trabajando en la localidad de Amachuma (fs. 76 a 164).