SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.1.
II.1. En ejecución de sentencia del proceso coactivo civil con garantía real e hipotecaria seguido por PRODEM S.A., contra José Antonio Dávila Ramírez -ahora recurrente- y Dora Antezana Miranda, se presentaron avalúos de los inmuebles a rematarse, realizados por la H. Alcaldía Municipal (fs. 5 a 13); en cuyo mérito el ahora recurrente considerando que dichos avalúos contenían datos contradictorios, solicitó en la vía incidental la nulidad de obrados hasta que se realice un nuevo avalúo (fs. 15 a 18); por lo que previo traslado contestado por la entidad coactivante (fs. 61 vta.), el Juez recurrido, mediante Auto 123/2004, de 25 de febrero, dispuso la nulidad de obrados hasta que se realice un nuevo avalúo (fs. 62 a 63); Resolución que fue puesta en conocimiento de las partes (fs. 64).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- “(…) las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso”
- APRUEBA