Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.4.
II.4. La Sala Civil -ahora también recurrida-, resolviendo la apelación concedida, dictó el Auto de Vista 051/2004, de 6 de abril, revocando totalmente el Auto 123/2004, de 25 de febrero y declarando no haber lugar a la nulidad impetrada (fs. 88 a 89); Resolución con la que fue notificado el recurrente el 12 de abril de 2004 (fs. 89 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- “(…) las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso”
- APRUEBA