SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2004-R

Fecha: 05-Oct-2004

III.3.

III.3.   Con relación a la actuación del Juez de Instrucción, se tiene que al rechazar el incidente de nulidad presentado por el recurrente, a través de la Resolución de 5 de enero de 2004, vulneró sus derechos a la propiedad privada, a la defensa y al debido proceso, pues como se ha establecido anteriormente, el recurrido tomando en cuenta que el actor tenía presunto derecho propietario sobre el bien rematado y adjudicado, debió haber tramitado y resuelto el incidente conforme a Ley, más si se tiene en cuenta que durante las medidas previas a la subasta ya se tenía información que la coactivada era casada, figurando en el registro de Derechos Reales con ese estado civil, de modo que si bien no fue demandado, se reitera que tenía el derecho de conocer del proceso para hacer valer sus derechos respecto a la parte que presuntamente le corresponde por el carácter ganancial del bien dado en garantía mas aún si se considera que el art. 193 de la CPE otorga especial protección a la familia y el art. 113 CF en coherencia con la protección constitucional establece la presunción de comunidad de los bienes del matrimonio, además, como quedó precisado no es posible fundar una decisión en base a la cosa juzgada cuando no se ha permitido a alguien hacer uso de sus derechos constitucionales.