SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1653/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
III.1.
III.1. En la problemática planteada se evidencia que dentro del proceso de desalojo seguido por la Cooperativa representada por el actor contra Lucio Quispe Baños y en ejecución de sentencia, por Auto de 2 de marzo de 2004, el Juez de la causa confirmó el informe pericial presentado por la entidad demandante, en cuyo mérito la parte contraria interpuso recurso de apelación, que una vez sustanciada una compulsa presentada de su parte, fue concedida en efecto devolutivo. En ese entendido, por decreto de 15 de abril de 2004, el Juez recurrido radicó la causa, para luego el 20 de abril de 2004 disponer la interrupción de plazos hasta la conclusión de un juicio oral que debía sustanciar en su despacho. Posteriormente por Auto de Vista de 6 de mayo de 2004, invocando el art. 15 de la LOJ, anuló obrados hasta fs. 12 del cuaderno de fotocopias, al establecer que la diligencia de notificación de dicha pieza, fue efectuada a Felipe Tola como persona y no como representante legal de la Cooperativa ejecutante.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- Fragmento 14
- que en aquellos supuestos en los que el recurso de apelación se plantea contra una resolución que no constituye una Sentencia
- Fragmento 16
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 19
- REVOCAR