SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1653/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y los arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en revisión, resuelve; REVOCAR la Sentencia de 14 de julio de 2004, cursante a fs. 104 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por ende declara PROCEDENTE el recurso interpuesto por Felipe Tola Acno en representación de la Cooperativa Agrícola Yapacaní Ltda., disponiendo la anulación de obrados hasta el Auto de Vista de 6 de mayo de 2004, debiendo ingresar antecedentes al despacho de la autoridad recurrida a efecto del pronunciamiento de una nueva resolución de acuerdo a ley.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- Fragmento 14
- que en aquellos supuestos en los que el recurso de apelación se plantea contra una resolución que no constituye una Sentencia
- Fragmento 16
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 19
- REVOCAR