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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2004

    Fecha: 09-Nov-2004

    I.2. Admisión y citación

    Por AC 461/2004-CA, de 20 de agosto, la Comisión de Admisión admitió el recurso directo de nulidad, disponiendo la citación de la autoridad recurrida, otorgándole el plazo de veinticuatro horas para remitir los antecedentes y cinco días para responder a la demanda (fs. 29 a 30), constando la legal citación a la recurrida el 30 de agosto de 2004 (fs. 50).

    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Admisión y citación
    • I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
    • II.3 .
    • II.4 .
    • II.5 .
    • II.6 .
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  En cuanto a la protección del nasciturus
    • III.3.  En cuanto a la Administración del Trabajo
    • tiene jurisdicción y competencia limitada a la conciliación administrativa de los conflictos individuales
    • a)
    • III.5.
    • en la vía conciliatoria

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