Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2004
Fecha: 09-Nov-2004
II.5 .
II.5 .Ante el caso omiso al memorándum de 5 de agosto de 2004, Julia Baigorria Román, Inspectora del Trabajo de Santa Cruz, dirigiéndose a FARMACORP S.A., por segunda y última vez, solicitó la inmediata reincorporación de Cinthia Zelma Zerda Tejerina, debiendo cumplirse la Ley 975, disponiendo además que dicha reincorporación debía proceder dentro de las veinticuatro horas de la fecha, caso contrario se procedería conforme a ley, elevando informe al inmediato superior, quien elaborará informe al juez laboral (fs. 55).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.3 .
- II.4 .
- II.5 .
- II.6 .
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. En cuanto a la protección del nasciturus
- III.3. En cuanto a la Administración del Trabajo
- tiene jurisdicción y competencia limitada a la conciliación administrativa de los conflictos individuales
- a)
- III.5.
- en la vía conciliatoria