SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

III.5.

III.5. Por otra parte en cuanto al recurrido Edmundo Salguero, Director de Urbanismo de la Alcaldía Municipal,  se tiene que el hecho de haber emitido informes y una citación para el recurrente cumpliendo su función  con el objeto de verificar su derecho propietario, no vulnera derecho alguno, por el contrario el recurrente  debió presentarse y acreditar su derecho propietario ante dicha autoridad, por consiguiente al no haber demostrado  acto ilegal alguno en su contra,  el recurso resulta improcedente respecto de  la referida autoridad.