SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1779/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

SC 1280/2004-R, de 30 de agosto

         En ese sentido el Tribunal, en la SC 1280/2004-R, de 30 de agosto estableció que: “(...) en los casos en que el recurrente reclame la vulneración de su derecho propietario por vía de hecho, deben existir dos elementos esenciales para otorgar la tutela requerida: '1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes”.   Lo que no ocurre en el caso  analizado en el que  existe controversia  sobre el derecho propietario sobre los terrenos del ex-estanque, por consiguiente las partes en conflicto pueden acudir a la vía legal correspondiente en resguardo de su derecho propietario, por consiguiente no es  posible otorgar la tutela impetrada en consideración  al carácter subsidiario del recurso de amparo, previsto en la SC 1608/2004.