Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1784/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
II.2.
II.2. Conocido el hecho de tránsito, el 12 de junio de 2004 el Fiscal de Materia Adjunto, requirió a la PTJ el inicio de las investigaciones conforme a ley (fs. 7 vta.) y el 14 del mismo mes, informó del caso al Juez Instructor Mixto, Liquidador y Cautelar de esa ciudad (fs. 41), quien luego de tomar conocimiento, declinó competencia y dispuso la remisión de actuados ante el Juzgado de Partido Mixto de Turno de Uncía -a cargo del Juez recurrido- (fs. 50 vta.), donde luego radicó la causa (fs. 54 vta.) y se dispuso el inicio de las investigaciones contra el menor Ariel Cocha Véliz (fs. 56).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el Fiscal, ante la denuncia presentada y en base a suficientes indicios de responsabilidad, determinará la comparecencia del denunciado
- III.4.
- III.5.
- APROBAR