SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1784/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
III.1.
III.1. El recurso de hábeas corpus, es una garantía constitucional de carácter jurisdiccional, instituido por el art. 18 de la CPE, con la finalidad de proteger la libertad física o derecho de locomoción de las personas, a efectos de ser restituido o restablecido en forma inmediata y oportuna, en los casos en que sea ilegal, indebida o arbitrariamente restringida o suprimida, y conforme lo ha establecido la jurisprudencia de este Tribunal en las SSCC 0911/2004-R, 0780/2004-R y 1616/2004-R, -entre otras-; la tutela que brinda en cuanto al debido proceso se refiere abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión; quedando en consecuencia, las demás situaciones bajo la tutela que brinda el amparo constitucional, previo el agotamiento de los procedimientos ordinarios.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el Fiscal, ante la denuncia presentada y en base a suficientes indicios de responsabilidad, determinará la comparecencia del denunciado
- III.4.
- III.5.
- APROBAR