SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
II.8.
II.8. Mediante memorial de 29 de abril de 2003, Ascencio Cruz Nina presentó acusación particular contra el recurrente, señalando que en forma reiterada y en varias oportunidades cometió el delito de incumplimiento de deberes, por cuanto 1) el imputado -hoy recurrente-, omitió informarle que tenía derecho a declarar en presencia del fiscal y en presencia de su abogado defensor; omisión que determinó la anulación de obrados; 2) acumuló dolosamente una investigación sobre falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, sobre la base de simples fotocopias, delitos que no tenían relación con el proceso iniciado a denuncia verbal de Pedro Cruz Nina, y 3) omitió recibir las declaraciones del directo responsable de la elaboración del oficio, Dr. Néstor Lobos Huando. (fs. 17 a 41).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3
- 1)
- procedente
- 3)
- 4)
- II.1
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 18
- III.2.
- el delito se consumó cuando el hoy recurrente presentó el último informe
- forma que están tipificadas como delitos
- APROBAR