SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que las autoridades recurridas vulneraron la garantía del debido proceso, así como sus derechos a la seguridad jurídica y defensa, y el principio de legalidad por cuanto revocaron la Resolución que declaró probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción por él interpuesta, sin tomar en cuenta que el delito por el que se le acusa tiene una pena de un mes a un año de reclusión y de acuerdo al art. 29.3) CPP, el delito prescribió al haber transcurrido más de tres años desde su supuesta comisión hasta la presentación de la denuncia en su contra. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si tales extremos son ciertos, y si se encuentran dentro de la protección que brinda el art. 19 CPE.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1.1.3
- 1)
- procedente
- 3)
- 4)
- II.1
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 18
- III.2.
- el delito se consumó cuando el hoy recurrente presentó el último informe
- forma que están tipificadas como delitos
- APROBAR