SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R

Fecha: 11-Feb-2004

, sin embargo de haber cesado en sus funciones el 4 de agosto de 2000, continuaba en su cargo de Director Vicepresidente en función a la previsión contenida en el art. 35 de la LGA, en cuyo mérito, ante la renuncia, automáticamente, asumió interinamente, la presidencia Ejecutiva

En el caso que se analiza, se tiene establecido que a raíz de la renuncia formulada por la presidenta ejecutiva Amparo Ballivián, inicialmente, Bruno Guiussani  Salinas, sin embargo de haber cesado en sus funciones el 4 de agosto de 2000, continuaba en su cargo de Director Vicepresidente en función a la previsión contenida en el art. 35 de la LGA, en cuyo mérito, ante la renuncia, automáticamente, asumió interinamente, la presidencia Ejecutiva, quien finalmente, por RS 221899, fue ratificado en este cargo. En cambio, los cargos de Directores de la Aduana Nacional ocupados por los recurrentes, Santiago Alberto Goitia y Danilo Versalovic, no se encontraban materialmente acéfalos y menos, existían causales de impedimento, incompatibilidad, u otra situación que determine el alejamiento legal de sus funciones; por el contrario, éstos permanecían en dichos cargos, en cumplimiento de la referida disposición legal, que ha previsto, precisamente, el no abandono de estas funciones para evitar acefalías que puedan perjudicar el normal desenvolvimiento de determinadas instituciones, en este caso de la Aduana Nacional; consecuentemente, no existía una causa legal que justifique su reemplazo  y por ende, las designaciones interinas

Es relevante en este punto mencionar, la importancia  que tiene que la Cámara de Diputados -o la instancia señalada por la Constitución - remita  oportunamente las ternas a que está obligada por mandato constitucional, para que el Presidente  realice  las designaciones que correspondan, según sus atribuciones, en cuyo caso, se evitarían situaciones irregulares y actos ilegales como las que origina este recurso. Asimismo, el Presidente de la República debió solicitar y en su caso exigir a la Cámara de Diputados la remisión de las ternas correspondientes, todo ello a fin de no causar perjuicios como los acontecidos hoy con las ilegales designaciones como  se tiene manifestado.