SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R

Fecha: 11-Feb-2004

lo contrario habría dado lugar, a que sus actos sean susceptibles de nulidad; por lo que se concluye, que él no consintió el acto, sino que se apartó del conocimiento del caso para no viciar de nulidad sus actos, en perjuicio del administrado;

Que respecto al co-recurrente, Santiago Alberto Goitia Málaga, si bien es cierto, que de antecedentes se establece que en su nota de 27 de agosto de 2003 indica “… en razón de que por resolución suprema se dispuso el cambio de Directores de la Aduana Nacional y, consecuentemente, quedé impedido de relacionar la resolución pertinente en la próxima sesión de Directorio” (sic); empero, es preciso señalar que habiendo sido el prenombrado sustituido, a raíz de las designaciones  interinas efectuadas por el ex Presidente de la Republica y por ende, cesado en sus funciones, estaba impedido de seguir conociendo los trámites aduaneros; lo contrario habría dado lugar, a que sus actos sean susceptibles de nulidad; por lo que se concluye, que él no consintió el acto, sino que se apartó del conocimiento del caso para no viciar de nulidad sus actos, en perjuicio del administrado; en cuyo mérito, corresponde ingresar al fondo del presente recurso a efectos de resolver la problemática planteada.