SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2004-R

Fecha: 11-Feb-2004

III.2

III.2  En principio es necesario señalar, que el fundamento de la resolución pronunciada por la Corte de amparo, no guarda armonía con los antecedentes que informan en el recurso de amparo que se analiza, en razón de que no corresponde aplicar al caso concreto, el principio de subsidiariedad, que es una de las características esenciales del amparo, con el argumento de que según la Ley de Procedimiento Administrativo, existiría un recurso o vía legal no utilizado por los recurrentes. Sobre el particular, corresponde aclarar que dicha Ley en su art. 11, reconoce como personas legitimadas sólo a los administrados, no siendo el caso de los Directores de la Aduana Nacional, quienes en su calidad de funcionarios públicos son parte de la administración pública; por otra parte, por previsión expresa del art. 3.II. inc. a) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), los actos de gobierno referidos a las facultades de libre nombramiento y remoción de autoridades, no están sujetos al ámbito de aplicación de dicha ley.