Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2004
Fecha: 01-Mar-2004
III.3
III.3 Sin embargo, a la fecha rige un marco normativo diferente en el sector de salud, habiéndose redefinido su régimen jurídico. En este orden, el art. 6 de la Ley SUMI, de 21 de noviembre de 2002, establece la creación del Directorio Local de Salud (DILOS) como la máxima autoridad en la gestión de salud en cada Municipio, cuya responsabilidad es la implementación del Seguro Universal Materno Infantil.