Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
II.8
II.8 El 18 de noviembre de 2003 interpone el presente recurso de amparo (fs. 175 a 185) y el 26 de noviembre de 2003, el Jefe del Depto. I-EMG y Secretario del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. de la Nación certifica que el actor no interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. de la Nación con relación a su situación de ascenso (fs. 344).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- el recurrente tiene aún expedito el recurso de apelación
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal
- APROBAR