Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
improcedente
Por Resolución 46/03-SSA-I que cursa de fs. 352 a 353 vta., se declaró improcedente el recurso con la siguiente fundamentación: 1) de acuerdo al art. 19 CPE, el recurso de amparo tiene por objeto garantizar los derechos constitucionales conculcados por autoridades o particulares, condicionado a que no hubiera otro medio de defensa o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías cuya vulneración se acusa; 2) en el caso presente, el recurrente aún tiene pendiente el recurso de apelación interpuesto alternativamente, según prevén el art. 34 y siguientes del Reglamento del Tribunal del Personal de las FF.AA.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- el recurrente tiene aún expedito el recurso de apelación
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal
- APROBAR