SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0290/2004-R
Fecha: 02-Mar-2004
II.2
II.2 Al no haber concurrido en la fecha señalada, aludiendo el informe del funcionario policial en sentido de desconocerse el paradero de Yerko Kukoc del Carpio, la autoridad fiscal mencionada, procedió a su citación mediante edicto de prensa para que se presente en oficinas del Ministerio Público en compañía de su abogado a efecto de prestar su declaración informativa y asuma defensa por los delitos de peculado y asociación delictuosa dentro del plazo de 10 días de la publicación del edicto, bajo advertencia de que en caso de inasistencia se solicitaría su rebeldía de acuerdo con lo previsto por el art. 89 CPP (fs. 9). El edicto fue publicado en fechas 11 y 22 de diciembre de 2003 (fs. 10-12).