SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0290/2004-R
Fecha: 02-Mar-2004
III.
La recurrente sostiene que su representado Yerko Kukoc del Carpio, en su condición de ex Ministro de Gobierno fue imputado por el Fiscal Alfredo Añez, a raíz de la presunta comisión del delito de hurto agravado, pidiendo al Juez Cautelar que mediante edictos sea citado para que se presente, por lo que al haberse publicado el segundo edicto el 10 de enero del mismo año, el plazo de presentación fenece el 22 de enero de 2004 a horas 24:00 y a pesar de lo mencionado, su representado Yerko Kukoc está siendo perseguido ilegalmente y amenazado públicamente por los recurridos, pues al haberse expedido mandamiento de aprehensión en su contra personeros de Inteligencia se encuentran frente al condominio donde se encuentra hospedado su representado para ejecutar dicha orden judicial antes de que se cumpla el término establecido por ley, vulnerando de esta manera sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa, por cuanto por su calidad de ex ministro debe ser juzgado por un tribunal competente que en este caso está señalado por el art. 107 CPE, lo que evidencia la restricción de su libertad al estar perseguido, hostigado y amenazado, indebidamente. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.