Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
2º
2º Declara PROCEDENTE el Recurso, respecto de todos los recurridos, sin costas ni multa, garantizando a los recurrentes la posibilidad de volver al pueblo de Cornaca en cualquier momento con todos los derechos de ciudadanía y reiterando la conminatoria efectuada por el Juez de amparo al Director de Núcleo Educativo para que entregue en forma inmediata las libretas escolares de los hijos de los actores.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- multiétnica y pluricultural
- “III.-
- no se debe olvidar que las instituciones sociales de las comunidades campesinas y pueblos indígenas no existen aisladas, forman parte de un contexto social mucho más amplio y complejo
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- 2º