Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 12 de noviembre de 2003 (fs. 20 y 22) y en la subsanación de fs. 24 y 25, los recurrentes aducen que fueron desterrados del cantón Cornaca de la provincia Norchichas, perseguidos, puestos en prisión por más de ocho horas, y cuando buscaron asilo en Cotagaita, les negaron el traspaso de Unidad Educativa de sus hijos.
Añaden que se les privó de su derecho a la propiedad privada individual y colectiva porque en Cornaca tenían sus terrenos, vivienda, carpas solares, etc., todo ello debido a haber demostrado interés e impulsado el proyecto con una contraparte relacionada a una Asociación de fruticultores de Cornaca.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- multiétnica y pluricultural
- “III.-
- no se debe olvidar que las instituciones sociales de las comunidades campesinas y pueblos indígenas no existen aisladas, forman parte de un contexto social mucho más amplio y complejo
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- 2º