SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

procedente

La Sentencia 06/2003 cursante de fs. 82 a 84 vta., pronunciada el 4 de diciembre de 2003 por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, declaró procedente el recurso: respecto a la expulsión de los recurrentes, condicionando a éstos, adecuen su conducta a las normas comunitarias, participando puntual y oportunamente en los trabajos comunes y acatando las decisiones de las autoridades, en tanto no sean contrarias a sus derechos y garantías, en un plazo de seis meses, debiendo informar a este Juzgado las autoridades recurridas sobre dicha conducta; y con relación a la conducta del Director del Núcleo Educativo de Cornaca a quien ordena entregue en forma inmediata los documentos escolares de los hijos menores de los recurrentes, con costas y responsabilidad a calificarse en ejecución de sentencia; e improcedente con referencia a la Asociación de fruticultores, debiendo los interesados acudir a la vía legal correspondiente, sin responsabilidad, bajo estos fundamentos: 1) los recurrentes fueron expulsados de la Comunidad de Cornaca y de la Asociación de Fruticultores por actos que dañan la moral y la organización administrativa de dicho pueblo, incumpliendo trabajos comunitarios y con actitud disociadora, 2) de igual forma no les otorgaron los documentos escolares de sus cuatro hijos para lograr la transferencia a otro establecimiento en Cotagaita, 3) con tales actuaciones se han transgredido los derechos a transitar, permanecer, en el territorio nacional, a la educación, establecidos en los arts. 7 incs. e), f) y g), 177 CPE 4) cabe aplicar la jurisprudencia establecida por la SC 295/2003-R, de 11 de marzo en un caso similar que resolvió otorgar la tutela en forma condicional.