Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
II.4.
II.4. El 15 de diciembre de 2003, el recurrido Director General de Régimen Penitenciario con el Director Departamental del mismo Régimen, presentaron al Juez de Ejecución Penal de Turno del Distrito de Santa Cruz, refiriendo la decisión adoptada por el Ministro de Gobierno co-recurrido sobre el traslado de los recurrentes, amparándose en el art. 48 inc. 13) de la Ley 2298 concordante con el art. 48 inc. 7) del DS 26715, solicitaron homologar o ratificar el traslado de los internos -ahora recurrentes- por razones de seguridad (fs. 89 al 95).
- Milko Suaznabar Díaz en representación con mandato de Héctor Álvarez Sotto, Napoleón Arteaga, Carlos Suárez Saavedra, Fernándo Vásquez Ricaldi, Adhemar Paz Aguilera, Nelson Erwin Justiniano y Humberto Bejarano Rivera
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- REVOCA