SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0444/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela del derecho a la propiedad del ente que representan, arguyendo que el mismo ha sido vulnerado por las autoridades recurridas al emitir fallos en apelación que confirmaron el embargo, remate y adjudicación de un bien que pertenece a la Federación del Ferrocarril Antofagasta a Bolivia y Bolivian Railway Co., cuya custodia y administración directa se encuentra a cargo de su Asociación, y que no es por tanto de propiedad de la institución demandada, la Caja Social de Protección al Derecho de Jubilación de la Federación Ferroviaria Nacional, Red Occidental, pidiendo en definitiva la nulidad de los Autos de 21 de enero de 1999, 11 de octubre de 2002 y 17 de febrero de 2003 pronunciados por los demandados y la nulidad de obrados desde fs. 456 vta.. En consecuencia, corresponde dilucidar si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del amparo constitucional, a fin de otorgar en su caso la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
- APROBAR