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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0356/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0356/2004-R

    Fecha: 17-Mar-2004

    II.3.

    II.3.    Por Resolución de 19 de diciembre de 2003, la Sala Civil y Comercial Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechazó la demanda de amparo, por cuanto al no haber salvado a cabalidad las observaciones de forma efectuadas, la parte recurrente incumplió lo dispuesto por el art. 97.V LTC, (fs. 13). 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • rechazó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • caso contrario será rechazado
    • 1)
    • III.2.
    • no presentó la prueba
    • del juez o tribunal de amparo debe basarse en la prueba ofrecida por el recurrente
    • por lo que es preciso que el recurrente o agraviado, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal”.
    • APROBAR  el Rechazo, con el fundamento precedente,

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