Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0356/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El Tribunal de amparo tuvo como no presentado el presente recurso, por cuanto el demandante no presentó la documentación solicitada por Auto de 17 de diciembre de 2003. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si la Resolución pronunciada se enmarca dentro de las previsiones contenidas en la Constitución y en la Ley del Tribunal Constitucional, y si se han cumplido los arts. 97 y 98 LTC.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- rechazó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- caso contrario será rechazado
- 1)
- III.2.
- no presentó la prueba
- del juez o tribunal de amparo debe basarse en la prueba ofrecida por el recurrente
- por lo que es preciso que el recurrente o agraviado, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal”.
- APROBAR el Rechazo, con el fundamento precedente,