SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2004-R
Fecha: 14-Abr-2004
III.1.
III.1. Con relación a la supuesta falta de notificación a los imputados con la ampliación de la imputación formal y la supuesta falta de declaraciones, debe tenerse en cuenta el principio de la existencia de agravio personal y directo, según el cual el amparo puede promoverse únicamente por la parte a quien de manera directa perjudique el acto u omisión que se reclama de ilegal, o denominada legitimación activa que ha sido definida por este Tribunal en la SC 134/2002-R como aquella que: “... corresponde al afectado que directamente acredita interés en el asunto y en quien recaen las consecuencias jurídicas de la resolución o acto de la autoridad que se impugna”, que no se da en caso de autos, habida cuenta que el recurrente fundamenta su recurso en la falta de notificación a los imputados con la decisión asumida por la Fiscal de Materia recurrida de ampliar la imputación formal, esto significa que la supuesta omisión incide en todo caso a los derechos que se reconocen a los imputados y de ningún modo afecta los derechos o garantías constitucionales del actor; sin soslayar, que una supuesta falta de declaraciones de los imputados tampoco puede considerarse como afectación a sus derechos, de manera particular a la tutela judicial eficaz, teniendo en cuenta que a partir de la aplicación del nuevo sistema procesal penal, la declaración del imputado ha dejado de constituirse en un medio de prueba autónomo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.1. Ratificación del recurso
- La fiscal de materia Lilian Calderón de Chávez
- La co-demandada, fiscal de distrito Corina Machicado,
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- como el ejercicio de la acción penal
- razón por la cual quedando firme el sobreseimiento no es posible someter al sobreseído a un nuevo proceso penal, incluido uno en base a la acción penal privada,
- APROBAR