SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2004-R

Fecha: 14-Abr-2004

III.1.

III.1.    Con relación a la supuesta falta de notificación a los imputados con la ampliación de la imputación formal y la supuesta falta de declaraciones, debe tenerse en cuenta el principio de la existencia de agravio personal y directo, según el cual el amparo puede promoverse únicamente por la parte a quien de manera directa perjudique el acto u omisión que se reclama de ilegal, o denominada legitimación activa que ha sido definida por este Tribunal en la SC 134/2002-R como aquella que: “... corresponde al afectado que directamente acredita interés en el asunto y en quien recaen las consecuencias jurídicas de la resolución o acto de la autoridad que se impugna, que no se da en caso de autos, habida cuenta que el recurrente fundamenta su recurso en la falta de notificación a los imputados con la decisión asumida por la Fiscal de Materia recurrida de ampliar la imputación formal, esto significa que la supuesta omisión incide en todo caso a los derechos que se reconocen a los imputados y de ningún modo afecta los derechos o garantías constitucionales del actor; sin soslayar, que una supuesta falta de declaraciones de los imputados tampoco puede considerarse como afectación a sus derechos, de manera particular a la tutela judicial eficaz, teniendo en cuenta que a partir de la aplicación del nuevo sistema procesal penal, la declaración del imputado ha dejado de constituirse en un medio de prueba autónomo.