Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2004-R
Fecha: 27-Abr-2004
I.2.1.
El abogado de la recurrente ratificó los fundamentos del recurso y añadió que en materia penal el derecho a la defensa es amplio e irrestricto, y que no puede ser negado por formulismos procesales, como lo ha señalado la “SC 119/2003 de 28 de enero” (sic); consiguientemente, la defensa no tiene límite, pudiendo presentarse prueba válida diez o cinco minutos antes de dictarse una sentencia; en su caso, interpuso la solicitud de examen grafológico, prueba vital para demostrar la inocencia de su defendida, dentro de los términos establecidos por el Código de procedimiento penal de 1972.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero con interés legítimo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- la recepción de otras pruebas
- Si el juez considerase agotada la prueba
- prueba que tendrá que ser producida en el transcurso del plenario,
- III.2.
- III.3.