Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2004-R
Fecha: 27-Abr-2004
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 20 de agosto de 2003, la recurrente solicitó al Juez ahora demandado, ordene por el laboratorio de la PTJ o Instituto de Investigaciones Forenses, se practique estudio grafológico de un documento consistente en un inventario de cemento asfáltico, para determinar si la firma cursante en el mismo, fue pulsada por el imputado Moisés Nazrala, ofreciendo el resultado del estudio en calidad de prueba de descargo (fs. 1); decretando el Juez, el 21 de agosto de 2003, que se esté a lo ya dispuesto (fs. 1 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero con interés legítimo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- la recepción de otras pruebas
- Si el juez considerase agotada la prueba
- prueba que tendrá que ser producida en el transcurso del plenario,
- III.2.
- III.3.