SENTEN CIA CONSTITUCIONAL 0691/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTEN CIA CONSTITUCIONAL 0691/2004-R

Fecha: 11-May-2004

II.11.

II.11.  Apelada la anterior determinación por la Gerencia Regional de Aduana-La Paz (fs. 39 a 41), y por el Ministerio Público, la Sala Penal Tercera, constituida por  los vocales co-recurridos, la confirmó por Auto de Vista 275/2003 de  24 de noviembre (fs. 2 y 3), con el fundamento que el Fiscal, después de los seis meses de la primera imputación, hizo otra “pretendiendo acogerse” a la SC 173/2003-R, que “no puede ser utilizada por el señor Fiscal como argumento para dilatar el proceso” (sic).