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    SENTEN CIA CONSTITUCIONAL 0691/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTEN CIA CONSTITUCIONAL 0691/2004-R

    Fecha: 11-May-2004

    II.12.

    II.12.  La acusación planteada por el Fiscal contra Mario Coro Vargas en 3 de febrero de 2004 (fs. 307 a 311), dio lugar al  Auto de 5 de febrero del mismo año (fs 311 vta.), en el cual el Juez Cautelar manifestó que la imputación contra el mencionado fue rechazada, que se declaró extinguida la acción penal y que tal extinción no es individual.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.7.
    • ampliación de la imputación formal contra Mario Coro Vargas, fechada en  “8 de julio de 2003”, pero presentada ante el Juez Cautelar en 13 de agosto
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III.1.
    • III.2.
    • Sin embargo, la omisión detectada no puede ser esgrimida por los  recurrentes como motivo para la procedencia de este recurso
    • esta situación debió haber sido oportunamente denunciada ante el Juez Cautelar
    • III.3.
    • No es menos evidente
    • Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional.

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