Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2004-R
Fecha: 26-May-2004
Jorge Cortes Rodríguez, Ministro de Desarrollo Sostenible
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Jorge Cortes Rodríguez, Ministro de Desarrollo Sostenible, solicitando sea declarado procedente, por ende, se disponga la nulidad de la Resolución 262 de 30 de diciembre de 2003 dictada por la autoridad recurrida y se le ordene que en cumplimiento de la Resolución 23/2002 pronunciada en el proceso administrativo, le extienda el certificado CITES para la exportación de 8.000 cueros de pecarí, sea con calificación de daños y perjuicios.
- recurso de Amparo Constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Jorge Cortes Rodríguez, Ministro de Desarrollo Sostenible
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no puede el administrado y menos la Administración, por voluntad unilateral, dejarlo sin efecto, sea cual fuere la razón para ello, pues un actuar así, desnaturalizaría por completo los principios fundamentales en los que se asienta un Estado democrático de derecho, pues al margen del principio referido, que asegura la estabilidad y buena marcha del Estado citado, es el de la seguridad jurídica
- III.2.
- 30 de diciembre de 2003