Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2004-R
Fecha: 03-Jun-2004
II.2
II.2 El 22 de enero de 2004 el recurrente mediante memorial dirigido al Presidente Ejecutivo de la Aduana nacional solicita el levante de su vehículo, argumentando que no se emitió previamente el Informe de Variación de Valor y que los gastos de operación de zona franca no forman parte de la base imponible, previniendo que en caso de negativa a la regularización de procedimiento se recurrirá al amparo constitucional, solicitud reiterada en los mismos términos el 23 de enero ante el Administrador de Aduanas Zonas Francas la Paz (fs. 5-6).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- normas que lógicamente son de conocimiento de los funcionarios de la mencionada agencia, puesto que entre sus propias funciones establecidas por la norma prevista por el art. 41 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, se encuentra la obligación de conocer y aplicar todas las normas y procedimientos aduaneros a fin de lograr la legal importación de la mercadería de sus cliente.
- III.3