Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2004-R
Fecha: 07-Jun-2004
II.4.
II.4. El 22 de septiembre de 2003, se prosiguió la audiencia de primer remate de los nueve lingotes de oro, acto en el cual el recurrido comunicó a todos los asistentes que fue informado por los propietarios del oro de la presentación de un recurso de amparo constitucional, aunque no había sido citado legalmente, por lo que consideraba que la Aduana Nacional no podía garantizar la situación jurídica de los bienes a ser rematados, ya que esto dependía de la sentencia del recurso de amparo presentado, pero pese a ello, se continuó con el acto, adjudicándose dos lotes el recurrente (fs. 25-28).