SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2004-R
Fecha: 07-Jun-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) las normas previstas por los arts. 528 y 544 del CPC no son aplicables al presente caso por mandato del art. 310 del CTb -abrogado- que es norma de preferente aplicación; b) la SC 125/2004-R ha considerado como ilegal el rechazo a la solicitud de acogerse al Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el tratamiento de adeudos tributarios, realizado por los propietarios de los lingotes de oro y como actos indebidos la prosecución del remate, disponiendo por ello se sustancie debidamente la solicitud, en cuyo cumplimiento la Aduana ha procedido a dejar sin efecto el remate; y ello no importa la vulneración de los derechos constitucionales del recurrente.