SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0958/2004-R
Fecha: 18-Jun-2004
II.4
II.4. En el juicio oral seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de José Luis Burgoa Aragón y Esther Calero Warastaca por la supuesta comisión de los delitos de estafa, estelionato y la agravante por víctimas múltiples el Tribunal de Sentencia Segundo recurrido, en la audiencia verificada el 19 de abril de 2004 dio lectura a la parte resolutiva de la sentencia 4/2004 que declaró a Ana Paco Estrada de Pérez autora del delito de estelionato incurso en la sanción del art. 337 del CP con la agravante de víctimas múltiples, sancionándola a la pena de cuatro años de reclusión en la cárcel pública de San Roque y al pago de 150 días multa, asimismo la absolvió por la supuesta comisión del delito de estafa (fs. 2-8).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- I.3.Tramite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “
- “III.2 El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la Ley penal y sus alcances.-
- 2.
- también, cuando la nueva ley (ley penal material, procesal o de ejecución) beneficie al delincuente, en el ámbito de su esfera de libertad.; siendo comprensivas de tal ámbito, entre otras: las circunstancias, el tiempo de la prescripción de la acción penal o de la pena, la rehabilitación, y las medidas cautelares personales.”
- “III. 3
- III.4.
- III.3
- APROBAR