SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0073/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0073/2004

Fecha: 16-Jul-2004

III.5.

 III.5.   Dilucidado como está la problemática planteada, resulta necesario referir que de la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, la documentación remitida por los recurridos, se constata que el Concejo Municipal de Palca ha funcionado con una serie de irregularidades, lo que implica que no se dio cumplimiento a las SSCC 59/2002-R de 16 de enero de 2003 y 984/2003-R de 15 de julio de 2003; pues entre otras cosas se advierto que siguen funcionando dos concejos paralelos, como se tiene referido precedentemente, se manejan dos libros de actas, así como documentos contradictorios; irregularidades que requieren ser investigadas por el Ministerio Público, por lo que, de conformidad a lo previsto por el art. 85.2) de la LTC dispondrá la remisión de antecedentes al Ministerio Público para la investigación y, en su caso, el procesamiento correspondiente de los responsables.