Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante AC 297/2004-CA, de 26 de mayo, se suspendió el plazo procesal para dictar Resolución; reanudándose el mismo, por Decreto de 25 de junio de 2004; consiguientemente, la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente en parte el amparo constitucional
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA