SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1210/2004-R
Fecha: 02-Ago-2004
III.1.
III.1. Previo a resolver la problemática planteada, es preciso recordar que en el recurso planteado, sólo se compulsan lesiones a la garantía del debido proceso, cuando como efecto de ellas se amenaza, restringe o suprimen los derechos bajo protección de este recurso, pues otros actos que impliquen procesamiento indebido pero que no impliquen lesión a los mismos, deberán ser denunciados en la jurisdicción ordinaria y posteriormente en esta jurisdicción siempre que se hubieran agotado todos los recursos ordinarios. En consecuencia, se deja establecido que en el caso presente, el análisis se circunscribirá a los actos que a criterio de este Tribunal operen como causa de la lesión a los derechos a la libertad física y a la locomoción.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2.
- “Art. 31º.- SUSPENSIÓN DE LA JURISDICCIÓN
- 3. Derogado por las Disposiciones Especiales Cuarta parágrafo I de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, Ley 1760 de 28 de febrero de 1997
- Fragmento 13
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 2º