SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales

         Por consiguiente, el recurrido y los afiliados a FEDECOR han incurrido en vías de hecho al tomar  las instalaciones de la empresa demandante, y al persistir en sus amenazas de continuar con esa actitud, inclusive -se reitera- deslindando responsabilidad si llegara a “lincharse” a los cortadores de energía, todo lo que determina una lesión al derecho de la empresa a la seguridad  jurídica, entendida como exención de peligro o daño; solidez; certeza plena; firme convicción; de lo que se extrae que es deber del Estado proveer seguridad jurídica a los ciudadanos asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales que le reconocen la Constitución y las Leyes; principios que se hallan inspirados en un orden jurídico superior y estable (Estado de Derecho), que satisfaga los anhelos de una vida en paz, libre de abusos (SSCC 1068/2003-R, 678/2004-R y varias otras).

         Se debe remarcar que en un Estado de Derecho, existen los procedimientos, vías e instancias a las cuales, como en este caso, los usuarios pueden acudir para demandar el respeto de sus intereses y derechos,  sin que sea admisible que recurran al empleo de medios que coartan el ejercicio de los derechos de los demás. Tampoco está permitido amenazar constantemente a otras personas, naturales o jurídicas, manteniéndolas en continua zozobra respecto al citado ejercicio.