SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
II.3.
II.3. El 16 de febrero de 2004 (fs. 86 y 87), se suscribió un Convenio entre FEDECOR, el Intendente de Electricidad, el Gerente General de ELFEC S.A., el Prefecto del Departamento y otras instituciones, en el que ELFEC se comprometió a coadyuvar en las gestiones ante la Superintendencia y ésta, a responder a los requerimientos y demandas de las organizaciones mencionadas.
Después de varios anuncios (fs. 14 a 17), conforme expresan los periódicos “La Voz”, “Los Tiempos”, y “Opinión”, el 17 de febrero de 2004 (fs. 18 a 20), los regantes y campesinos, terminaron una marcha con la toma simbólica de las instalaciones de ELFEC S.A. en Cochabamba, y anunciaron que harían lo mismo en las provincias, como protesta por las tarifas elevadas, la exigencia de “nacionalizar” esa empresa y la desaparición de las Superintendencias.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- regular,
- h) Conocer y procesar, las denuncias y reclamos presentados por los usuarios,
- corte y reconexión
- III.2.
- asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 21
- APRUEBA