SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1217/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

III.3.

III.3.De otro lado, de acuerdo a lo reconocido expresamente por el recurrido en la audiencia de amparo, corroborado por la literal que informa el expediente, FEDECOR ha abierto una cuenta bancaria para que sus afiliados paguen el consumo de energía eléctrica en una tarifa de 20 centavos por kwh., empero,  esa figura no está reconocida en la ley, puesto que el consumo debe ser cancelado en las oficinas de ELFEC S.A. o en la entidad bancaria que ésta autorice, siendo depositados los importes correspondientes directamente en las cuentas de la empresa y no de terceros, que no están reconocidos por ley para realizar cobros a nombre de esa entidad.