SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Señala que fue electo Concejal por el Municipio de Caracollo -Primera  Sección de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro- y luego elegido Alcalde, habiendo dejado ese cargo fue denunciado por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, tipificados por las normas de los arts. 142 y 144 del Código Penal (CP) (refiriéndose a los delitos de Peculado y Malversación, tipificados en las normas previstas por los arts. 142 y 144 del CP), denuncia que fue rechazada por la Fiscal de Materia asignada, rechazo que fue revocado por el Fiscal de Distrito, por lo que se encuentra en etapa de investigación.

Motivado por esos hechos pidió licencia al Concejo Municipal, la que fue concedida el 15 de octubre de 2003, incorporándose previa presentación del rechazo a la denuncia; empero, al ser revocado el rechazo, para demostrar su inocencia nuevamente pidió licencia el 12 de enero de 2004; en virtud a ello el 21 de marzo de 2004 solicitó su reincorporación al Concejo Municipal, petición que fue rechazada mediante nota de 13 de abril de 2004 firmada por las recurridas, por lo que el 14 de abril reiteró su solicitud, que también fue rechazada en sesión del Concejo Municipal de 15 de abril. Ante esos actos para hacer valer sus derechos, pidió copias de las actas de las sesiones en las que se rechazó su petitorio, lo que le negaron sin fundamento alguno; por ello siendo que los actos descritos impiden que cumpla el mandato para el que fue elegido, acude a la jurisdicción constitucional reclamando tutela a sus derechos fundamentales.