SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso, disponiendo la reincorporación inmediata del recurrente al cargo de Concejal, con los fundamentos siguientes: a) la reiterada negativa a la reincorporación del recurrente al ejercicio del cargo de Concejal para el que fue electo, importa una suspensión implícita de sus funciones, que sólo es posible luego de un proceso, que en el caso presente no hubo; b) de acuerdo con las normas previstas por el art. 34 de la LM la suspensión del Concejal, opera en los supuestos de que exista auto de procesamiento ejecutoriado y en los casos previstos por la Ley 1178 (LSAFCO), que en la denuncia presente no existen; y c) al no permitir la reincorporación del recurrente, se vulneró sus derechos al trabajo y a ejercer una función pública consagrados por las normas previstas por lo arts. 7 inc. d) y 40 de la CPE.