Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1233/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 27 de junio de 2002, José Antonio Arce Peralta y Emma Arce de Pacheco, presentaron demanda de desalojo contra el recurrente señalando como domicilio la calle Illampu 1070 y como domicilio laboral el Edificio Sagrados Corazones de la Av. Mariscal Santa Cruz 1088 (fs. 14); demanda que subsanada (fs. 44), por decreto de 24 de julio de 2002 fue admitida por el Juez recurrido de instrucción (fs. 44 vta.), siendo citado el actor el 29 de julio de 2002, en forma personal (fs. 45).