SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1246/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, a través de una Resolución sin fundamentación jurídica alguna y que no fue firmada por el Secretario General sino por otra persona por él, ha dispuesto su procesamiento, sin tener competencia al efecto porque revocó una Resolución remitida en consulta que no fue apelada por ninguna de las partes, a más que incurrió en prejuzgamiento en su contra, con lo que se han conculcado sus derechos a la defensa, al trabajo, los principios de igualdad y de presunción de inocencia, la garantía del debido proceso y de la persecución penal única. Consecuentemente, en revisión, se debe analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- art. 32
- art. 104
- art. 131
- III.2.
- que tiene potestad de confirmar o revocar
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.5.